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Artículo 2264. Contrato de renta vitalicia

Este articulo define la renta vitalicia como un contrato aleatorio donde una persona se obliga a pagar una renta periódica durante la vida de otra. Es un mecanismo financiero que puede ser útil en planificación patrimonial.

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Texto Legal

ARTíCULO 2264 (DEL ART. 2) Art. 2264. La constitución de renta vitalicia es un contrato aleatorio en que una persona se obliga, a título oneroso, a pagar a otra una renta o pensión periódica, durante la vida natural de cualquiera de estas dos personas o de un tercero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si consideras establecer una renta vitalicia, evalúa las implicaciones fiscales y de sucesión para maximizar beneficios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2264 del CC?

Este articulo define la renta vitalicia como un contrato aleatorio donde una persona se obliga a pagar una renta periódica durante la vida de otra. Es un mecanismo financiero que puede ser útil en planificación patrimonial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2264 de la CC?

Si consideras establecer una renta vitalicia, evalúa las implicaciones fiscales y de sucesión para maximizar beneficios.

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