La transacción es nula si se basa en un título nulo, a menos que se haya tratado expresamente sobre la nulidad. Esto previene acuerdos basados en fundamentos legales débiles.
ARTíCULO 2454 (DEL ART. 2) Art. 2454. Es nula en todas sus partes la transacción celebrada en consideración a un título nulo, a menos que las partes hayan tratado expresamente sobre la nulidad del título.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo destaca la importancia de la validez de los títulos en transacciones. Asegúrate de que todos los documentos sean legales y válidos para evitar problemas futuros.
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