El articulo 2511 establece que el tiempo necesario para adquirir por prescripcion extraordinaria es de diez años. Esto es crucial para evaluar la viabilidad de un reclamo de propiedad.
ARTíCULO 2511 (DEL ART. 2) Art. 2511. El lapso de tiempo necesario para adquirir por esta especie de prescripción es de diez años contra toda persona, y no se suspende a favor de las enumeradas en el artículo 2509.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer este lapso te permite planificar tu estrategia de adquisicion de bienes y evitar sorpresas legales por falta de tiempo.
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