CC

Artículo 286. Articulo 286 Derogado

El articulo 286 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene aplicacion en la ley actual.

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Texto Legal

ARTíCULO 286 (DEL ART. 2) Art. 286. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No se requiere cumplir con este articulo, por lo que no representa un riesgo ni una carga en la operacion diaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 286 del CC?

El articulo 286 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene aplicacion en la ley actual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 286 de la CC?

No se requiere cumplir con este articulo, por lo que no representa un riesgo ni una carga en la operacion diaria.

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