El articulo 292 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene aplicacion en la actualidad.
ARTíCULO 292 (DEL ART. 2) Art. 292. Derogado. DEROGADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No se requiere cumplir con este articulo, por lo que no representa un riesgo en la operacion diaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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