CC

Artículo 294. Articulo 294 Derogado

El articulo 294 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene efecto legal en la actualidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 294 (DEL ART. 2) Art. 294. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No hay que considerar este articulo en la operacion diaria, eliminando riesgos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 294 del CC?

El articulo 294 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene efecto legal en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 294 de la CC?

No hay que considerar este articulo en la operacion diaria, eliminando riesgos legales.

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