CCyC

Artículo 10. Comunicacion al Poder Ejecutivo

Se comunica al Poder Ejecutivo la aprobacion de la ley, formalizando su entrada en vigor. Esto es un paso administrativo necesario.

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Texto Legal

— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL PRIMER DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.994 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada. ANEXO I TITULO PRELIMINAR CAPITULO 1 Derecho

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este paso administrativo es parte del proceso legislativo y no afecta directamente la operacion diaria, pero es necesario para la implementacion oficial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del CCyC?

Se comunica al Poder Ejecutivo la aprobacion de la ley, formalizando su entrada en vigor. Esto es un paso administrativo necesario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la CCyC?

Este paso administrativo es parte del proceso legislativo y no afecta directamente la operacion diaria, pero es necesario para la implementacion oficial.

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