Las prestaciones pendientes pueden ser subcontratadas, salvo aquellas que requieren prestaciones personales. Este articulo regula la posibilidad de subcontratación en contratos.
- Disposición general. En los contratos con prestaciones pendientes éstas pueden ser subcontratadas, en el todo o en parte, a menos que se trate de obligaciones que requieren prestaciones personales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si tienes obligaciones que pueden ser subcontratadas, este articulo te ofrece flexibilidad; sin embargo, asegúrate de que no sean de carácter personal para evitar incumplimientos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo