CCyC

Artículo 1090. Frustración de la finalidad

La frustración definitiva de la finalidad del contrato permite a la parte afectada declarar su resolución. Esto aplica en situaciones extraordinarias que alteran las circunstancias del contrato.

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Texto Legal

- Frustración de la finalidad. La frustración definitiva de la finalidad del contrato autoriza a la parte perjudicada a declarar su resolución, si tiene su causa en una alteración de carácter extraordinario de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, ajena a las partes y que supera el riesgo asumido por la que es afectada. La resolución es operativa cuando esta parte comunica su declaración extintiva a la otra. Si la frustración de la finalidad es temporaria, hay derecho a reso

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo ofrece una salida legal en situaciones imprevistas, permitiendo a las partes adaptarse a cambios radicales en el contexto del contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1090 del CCyC?

La frustración definitiva de la finalidad del contrato permite a la parte afectada declarar su resolución. Esto aplica en situaciones extraordinarias que alteran las circunstancias del contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1090 de la CCyC?

Este artículo ofrece una salida legal en situaciones imprevistas, permitiendo a las partes adaptarse a cambios radicales en el contexto del contrato.

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