Las convenciones particulares no pueden eludir leyes de orden público. Cualquier acto que busque evadir una norma imperativa se considera en fraude a la ley.
- Orden público. Fraude a la ley. Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia está interesado el orden público. El acto respecto del cual se invoque el amparo de un texto legal, que persiga un resultado sustancialmente análogo al prohibido por una norma imperativa, se considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe someterse a la norma imperativa que se trata de eludir.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo protege el orden público. Intentar eludir la ley puede resultar en la nulidad de actos y sanciones legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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