CCyC

Artículo 1204. Pérdida de luminosidad

La pérdida de luminosidad del inmueble por construcciones vecinas no permite al locatario solicitar reducción de precio, salvo dolo del locador. Esto limita las reclamaciones por cambios en el entorno.

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Texto Legal

- Pérdida de luminosidad del inmueble. La pérdida de luminosidad del inmueble urbano por construcciones en las fincas vecinas, no autoriza al locatario a solicitar la reducción del precio ni a resolver el contrato, excepto que medie dolo del locador. Parágrafo 2° Obligaciones del locatario

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante entender que cambios en el entorno no siempre justifican reclamaciones, lo que puede limitar las expectativas del locatario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1204 del CCyC?

La pérdida de luminosidad del inmueble por construcciones vecinas no permite al locatario solicitar reducción de precio, salvo dolo del locador. Esto limita las reclamaciones por cambios en el entorno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1204 de la CCyC?

Es importante entender que cambios en el entorno no siempre justifican reclamaciones, lo que puede limitar las expectativas del locatario.

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