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Artículo 1341. Prohibicion del consignatario

El consignatario no puede comprar ni vender para sí las cosas que recibe en consignación. Esta prohibición busca proteger los intereses del consignante y asegurar la correcta gestión de los bienes.

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Texto Legal

- Prohibición. El consignatario no puede comprar ni vender para sí las cosas comprendidas en la consignación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incumplir esta prohibición puede resultar en conflictos legales y responsabilidades para el consignatario, afectando su reputacion y la confianza del consignante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1341 del CCyC?

El consignatario no puede comprar ni vender para sí las cosas que recibe en consignación. Esta prohibición busca proteger los intereses del consignante y asegurar la correcta gestión de los bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1341 de la CCyC?

Incumplir esta prohibición puede resultar en conflictos legales y responsabilidades para el consignatario, afectando su reputacion y la confianza del consignante.

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