CCyC

Artículo 1383. Derecho a rescisión de contratos

El cliente puede rescindir un contrato por tiempo indeterminado sin penalidad, salvo por los costos devengados. Esto otorga flexibilidad al cliente en su relación con el banco.

rescisioncontratosderechos del cliente

Texto Legal

- Rescisión. El cliente tiene derecho, en cualquier momento, a rescindir un contrato por tiempo indeterminado sin penalidad ni gastos, excepto los devengados antes del ejercicio de este derecho. Parágrafo 2° Contratos bancarios con consumidores y usuarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este derecho permite a los clientes salir de contratos que ya no les convienen, lo que puede ser una herramienta valiosa para evitar costos innecesarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1383 del CCyC?

El cliente puede rescindir un contrato por tiempo indeterminado sin penalidad, salvo por los costos devengados. Esto otorga flexibilidad al cliente en su relación con el banco.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1383 de la CCyC?

Este derecho permite a los clientes salir de contratos que ya no les convienen, lo que puede ser una herramienta valiosa para evitar costos innecesarios.

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