El contrato de consorcio debe formalizarse por escrito y ser inscrito en el Registro Publico. Esto proporciona seguridad juridica a las partes.
- Forma. El contrato debe otorgarse por instrumento público o privado con firma certificada notarialmente, e inscribirse conjuntamente con la designación de sus representantes en el Registro Público que corresponda
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con la formalizacion puede llevar a la nulidad del contrato y a la perdida de derechos ante terceros.
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Art. 1474. Contenido del contrato de consorcio
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