CCyC

Artículo 1489. Remuneración sujeta a ejecución

Es válida la cláusula que condiciona la percepción de la remuneración a la ejecución del contrato si ha sido expresamente pactada.

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Texto Legal

- Remuneración sujeta a ejecución del contrato. La cláusula que subordina la percepción de la remuneración, en todo o en parte, a la ejecución del contrato, es válida si ha sido expresamente pactada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este tipo de cláusula puede ser útil para asegurar que el agente se comprometa a cumplir con sus obligaciones, pero debe ser negociada cuidadosamente para no desincentivar su trabajo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1489 del CCyC?

Es válida la cláusula que condiciona la percepción de la remuneración a la ejecución del contrato si ha sido expresamente pactada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1489 de la CCyC?

Este tipo de cláusula puede ser útil para asegurar que el agente se comprometa a cumplir con sus obligaciones, pero debe ser negociada cuidadosamente para no desincentivar su trabajo.

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