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Artículo 1659. Designación de árbitros

El tribunal arbitral debe estar compuesto por un número impar de árbitros, generalmente tres. Las partes pueden acordar el procedimiento de nombramiento, y en caso de desacuerdo, se recurre a la entidad administradora o al tribunal judicial.

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Texto Legal

- Designación de los árbitros. El tribunal arbitral debe estar compuesto por uno o más árbitros en número impar. Si nada se estipula, los árbitros deben ser tres. Las partes pueden acordar libremente el procedimiento para el nombramiento del árbitro o los árbitros. A falta de tal acuerdo: a) en el arbitraje con tres árbitros, cada parte nombra un árbitro y los dos árbitros así designados nombran al tercero. Si una parte no nombra al árbitro dentro de los treinta días de recibido el requeri-miento de la otra parte para que lo haga, o si los dos árbitros no consiguen ponerse de acuerdo sobre el tercer árbitro dentro de los treinta días contados desde su nombramiento, la designación debe ser hecha, a petición de una de las partes, por la entidad administradora del arbitraje o, en su defecto, por el tribunal judicial; b) en el arbitraje con árbitro único, si las partes no consiguen ponerse de acuerdo sobre la designación del árbitro, éste debe ser nombrado, a petición de cualquiera de las partes, por la entidad administradora del arbitraje o, en su defecto, por el tribunal judicial. Cuando la controversia implica más de dos partes y éstas no pueden llegar a un acuerdo sobre la forma de constitución del tribunal arbitral, la entidad administradora del arbitraje, o en su defecto, el tribunal judicial debe designar al árbitro o los árbitros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Un proceso de designación claro y consensuado de árbitros es fundamental para evitar conflictos y asegurar la imparcialidad en el arbitraje.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1659 del CCyC?

El tribunal arbitral debe estar compuesto por un número impar de árbitros, generalmente tres. Las partes pueden acordar el procedimiento de nombramiento, y en caso de desacuerdo, se recurre a la entidad administradora o al tribunal judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1659 de la CCyC?

Un proceso de designación claro y consensuado de árbitros es fundamental para evitar conflictos y asegurar la imparcialidad en el arbitraje.

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