CCyC

Artículo 1734. Carga de la prueba

La carga de la prueba de los factores de atribucion y circunstancias eximentes recae sobre quien los alega, salvo disposicion legal en contrario. Este articulo es clave para la estrategia en litigios.

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Texto Legal

- Prueba de los factores de atribución y de las eximentes. Excepto disposición legal, la carga de la prueba de los factores de atribución y de las circunstancias eximentes corresponde a quien los alega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si alegas una exencion de responsabilidad, debes estar preparado para presentar pruebas que respalden tu argumento, de lo contrario, podrías perder el caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1734 del CCyC?

La carga de la prueba de los factores de atribucion y circunstancias eximentes recae sobre quien los alega, salvo disposicion legal en contrario. Este articulo es clave para la estrategia en litigios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1734 de la CCyC?

Si alegas una exencion de responsabilidad, debes estar preparado para presentar pruebas que respalden tu argumento, de lo contrario, podrías perder el caso.

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