El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas, salvo que demuestren que la cosa fue usada en contra de su voluntad.
- Sujetos responsables. El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas. Se considera guardián a quien ejerce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control de la cosa, o a quien obtiene un provecho de ella. El dueño y el guardián no responden si prueban que la cosa fue usada en contra de su voluntad expresa o presunta. En caso de actividad riesgosa o peligrosa responde quien la realiza, se sirve u obtiene provecho de ella, por sí o por terceros, excepto lo dispuesto por la legislación especial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los dueños y guardianes mantengan un control adecuado sobre sus bienes para evitar responsabilidades inesperadas por daños causados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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