Las asociaciones civiles se disuelven por causales generales y por la reduccion de asociados a menos del minimo requerido. Esto puede afectar la continuidad de la asociacion.
- Disolución. Las asociaciones civiles se disuelven por las causales generales de disolución de las personas jurídicas privadas y también por la reducción de su cantidad de asociados a un número inferior al total de miembros titulares y suplentes de su comisión directiva y órgano de fiscalización, si dentro de los seis meses no se restablece ese mínimo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial mantener el numero minimo de asociados para evitar la disolucion, lo que puede ser un reto en momentos de baja participacion.
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Art. 182. Intransmisibilidad de la calidad de asociado
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Art. 184. Designacion de liquidador
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