El procedimiento de liquidacion se rige por el estatuto y no distribuye el patrimonio entre asociados, destinandolo a otra asociacion similar si no hay disposiciones.
- Procedimiento de liquidación. El procedimiento de liquidación se rige por las disposiciones del estatuto y se lleva a cabo bajo la vigilancia del órgano de fiscalización. Cualquiera sea la causal de disolución, el patrimonio resultante de la liquidación no se distribuye entre los asociados. En todos los casos debe darse el destino previsto en el estatuto y, a falta de previsión, el remanente debe destinarse a otra asociación civil domiciliada en la República de objeto igual o similar a la liquidada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo asegura que los recursos de la asociacion se utilicen de manera responsable, evitando conflictos sobre la distribucion de bienes tras la disolucion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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