Transcurridos treinta dias sin oposicion, el solicitante puede obtener un duplicado del titulo valor o reclamar el cumplimiento de la prestacion exigible. Esto facilita la recuperacion de derechos.
- Duplicado. Cumplimiento. Transcurridos treinta días sin que se formule oposición, el solicitante tiene derecho a obtener un duplicado del título valor, si la prestación no es exigible; o a reclamar el cumplimiento de la prestación exigible, con el testimonio de la sentencia firme de cancelación. El solicitante tiene el mismo derecho cuando la oposición es desestimada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Obtener un duplicado es esencial para mantener la continuidad en las operaciones comerciales, especialmente si el titulo original se ha perdido o destruido.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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