Los condóminos pueden usar y gozar de la cosa común sin alterar su destino. No pueden deteriorarla ni obstaculizar el ejercicio de derechos por otros condóminos.
- Uso y goce de la cosa. Cada condómino, conjunta o individualmente, puede usar y gozar de la cosa común sin alterar su destino. No puede deteriorarla en su propio interés u obstaculizar el ejercicio de iguales facultades por los restantes condóminos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece las bases para el uso de bienes comunes, lo que implica que cualquier alteración puede generar conflictos entre condóminos y potenciales demandas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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