La asamblea de propietarios tiene facultades para resolver cuestiones atribuidas por la ley o el reglamento, así como nombramientos y despidos de personal.
- Facultades de la asamblea. La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver: a) las cuestiones que le son atribuidas especialmente por la ley o por el reglamento de propiedad horizontal; b) las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios cuando le son sometidas por cualquiera de éstos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relación al conjunto; c) las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio; d) las cuestiones no contempladas como atribuciones del administrador o del consejo de propietarios, si lo hubiere.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las decisiones tomadas en asamblea impactan directamente en la administración del consorcio y en la calidad de vida de los propietarios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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