El administrador de un cementerio privado debe llevar un registro de inhumaciones y un registro de titulares de derechos de sepultura. Estos registros son esenciales para la correcta administración y trazabilidad de los derechos de sepultura.
- Registros de inhumaciones y sepulturas. El administrador de un cementerio privado está obligado a llevar: a) un registro de inhumaciones con los datos identificatorios de la persona inhumada; b) un registro de titulares de los derechos de sepultura, en el que deben consignarse los cambios de titularidad producidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento en el mantenimiento de estos registros puede generar conflictos legales sobre la titularidad de las sepulturas y complicar la gestión del cementerio.
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Art. 2105. Reglamento de administración y uso
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