El titular del derecho de sepultura debe mantener el decoro del lugar y contribuir al mantenimiento del cementerio. Esto incluye el pago de cuotas y el respeto a las normativas de higiene y salud pública.
- Deberes del titular del derecho de sepultura. El titular del derecho de sepultura debe: a) mantener el decoro, la sobriedad y el respeto que exigen el lugar y el derecho de otros; b) contribuir periódicamente con la cuota de servicio para el mantenimiento y funcionamiento del cementerio; c) abonar los impuestos, tasas y contribuciones que a tales efectos se fijen sobre su parcela; d) respetar las disposiciones y reglamentos nacionales, provinciales y municipales de higiene, salud pública y policía mortuoria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de estos deberes puede resultar en la pérdida del derecho de sepultura o en sanciones económicas, afectando la posibilidad de acceder a la parcela.
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