El ejercicio de la servidumbre no puede agravarse por el aumento de necesidades del inmueble dominante, salvo en servidumbres forzosas. Esto protege al fundo sirviente de cargas excesivas.
- Ejercicio. El ejercicio de la servidumbre no puede agravarse si aumentan las necesidades del inmueble dominante, excepto que se trate de una servidumbre forzosa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto significa que no puedes exigir más de lo que se acordó inicialmente, lo que protege al propietario del fundo sirviente de demandas excesivas.
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Art. 2174. Extensión de la servidumbre
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Art. 2176. Mejoras necesarias en el inmueble sirviente
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