Solo personas humanas plenamente capaces y personas jurídicas autorizadas pueden ejercer el cargo de administrador de la sucesión. Esto asegura una gestión adecuada de los bienes.
- Capacidad. Las personas humanas plenamente capaces, y las personas jurídicas autorizadas por la ley o los estatutos para administrar bienes ajenos, pueden ejercer el cargo de administrador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo garantiza que solo individuos competentes administren la herencia. No cumplir con esta disposición puede llevar a una gestión ineficaz y a conflictos entre los herederos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo