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Artículo 236. Bienes del dominio privado del Estado

Este articulo detalla los bienes que pertenecen al Estado y su clasificación. Es crucial para entender la propiedad estatal y sus implicaciones legales.

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Texto Legal

- Bienes del dominio privado del Estado. Pertenecen al Estado nacional, provincial o municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales: a) los inmuebles que carecen de dueño; b) las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado por el Código de Minería; c) los lagos no navegables que carecen de dueño; d) las cosas muebles de dueño desconocido que no sean abandonadas, excepto los tesoros; e) los bienes adquiridos por el Estado nacional, provincial o municipal por cualquier título.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender qué bienes son del dominio privado del Estado es clave para cualquier transacción que involucre propiedades estatales, ya que pueden tener restricciones específicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 236 del CCyC?

Este articulo detalla los bienes que pertenecen al Estado y su clasificación. Es crucial para entender la propiedad estatal y sus implicaciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 236 de la CCyC?

Comprender qué bienes son del dominio privado del Estado es clave para cualquier transacción que involucre propiedades estatales, ya que pueden tener restricciones específicas.

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