La particion debe ser judicial si hay copartícipes incapaces o si no hay acuerdo entre los plenamente capaces. Esto asegura la proteccion de los derechos de todos los involucrados.
- Partición judicial. La partición debe ser judicial: a) si hay copartícipes incapaces, con capacidad restringida o ausentes; b) si terceros, fundándose en un interés legítimo, se oponen a que la partición se haga privadamente; c) si los copartícipes son plenamente capaces y no acuerdan en hacer la partición privadamente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Optar por una particion judicial puede ser necesario para proteger los derechos de copartícipes vulnerables, pero puede ser un proceso largo y costoso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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