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Artículo 2376. Composicion de la masa

La masa partible incluye los bienes del causante existentes al momento de la particion, deduciendo deudas y sumando valores colacionables. Este articulo establece las bases para la distribucion de bienes en una sucesion.

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Texto Legal

- Composición de la masa. La masa partible comprende los bienes del causante que existen al tiempo de la partición o los que se han subrogado a ellos, y los acrecimientos de unos y otros. Se deducen las deudas y se agregan los valores que deben ser colacionados y los bienes sujetos a reducción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender la composicion de la masa es fundamental para evitar conflictos entre herederos y asegurar que todos los bienes y deudas sean considerados en la particion, lo que puede afectar la distribucion final.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2376 del CCyC?

La masa partible incluye los bienes del causante existentes al momento de la particion, deduciendo deudas y sumando valores colacionables. Este articulo establece las bases para la distribucion de bienes en una sucesion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2376 de la CCyC?

Entender la composicion de la masa es fundamental para evitar conflictos entre herederos y asegurar que todos los bienes y deudas sean considerados en la particion, lo que puede afectar la distribucion final.

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