El heredero que renuncia a la herencia puede conservar la donacion recibida hasta el limite de la porcion disponible. Este articulo regula los derechos del heredero renunciante.
- Heredero renunciante. El descendiente o el cónyuge que renuncia a la herencia pueden conservar la donación recibida o reclamar el legado hecho, hasta el límite de la porción disponible.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este derecho permite a los herederos renunciantes mantener ciertos beneficios, lo que puede ser una estrategia en la gestion de la herencia.
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