Define quiénes son incapaces de ejercer derechos, incluyendo a los no nacidos y a los menores de edad. Establece criterios claros para la incapacidad.
- Personas incapaces de ejercicio. Son incapaces de ejercicio: a) la persona por nacer; b) la persona que no cuenta con la edad y grado de madurez suficiente, con el alcance dispuesto en la Sección 2ª de este Capítulo; c) la persona declarada incapaz por sentencia judicial, en la extensión dispuesta en esa decisión. SECCION 2ª Persona menor de edad
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es clave para determinar quién puede actuar en nombre de los incapaces, lo que afecta decisiones legales y patrimoniales.
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