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Artículo 2493. Fideicomiso testamentario

El testador puede establecer un fideicomiso sobre la herencia, asegurando que se cumplan sus instrucciones. Se protege la legítima de los herederos forzosos.

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Texto Legal

- Fideicomiso testamentario. El testador puede disponer un fideicomiso sobre toda la herencia, una parte indivisa o bienes determinados, y establecer instrucciones al heredero o legatario fiduciario, conforme a los recaudos establecidos en la Sección 8º, Capítulo 30, Título IV del Libro Tercero. La constitución del fideicomiso no debe afectar la legítima de los herederos forzosos, excepto el caso previsto en el artículo 2448. CAPITULO 5 Legados

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El fideicomiso testamentario es una herramienta poderosa para asegurar que los bienes se administren de acuerdo a la voluntad del testador, lo que puede ser útil para proteger a beneficiarios vulnerables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2493 del CCyC?

El testador puede establecer un fideicomiso sobre la herencia, asegurando que se cumplan sus instrucciones. Se protege la legítima de los herederos forzosos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2493 de la CCyC?

El fideicomiso testamentario es una herramienta poderosa para asegurar que los bienes se administren de acuerdo a la voluntad del testador, lo que puede ser útil para proteger a beneficiarios vulnerables.

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