CCyC

Artículo 2500. Legado de cosa gravada

El legatario es responsable de las obligaciones que afectan la cosa legada, hasta el valor de esta. El heredero no tiene que liberar la carga.

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Texto Legal

- Legado de cosa gravada. El heredero no está obligado a liberar la cosa legada de las cargas que soporta. El legatario responde por las obligaciones a cuya satisfacción está afectada la cosa legada, hasta la concurrencia del valor de ésta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los legatarios deben estar conscientes de las cargas que pueden afectar los bienes legados, ya que esto puede impactar su valor y su capacidad para disfrutar plenamente del legado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2500 del CCyC?

El legatario es responsable de las obligaciones que afectan la cosa legada, hasta el valor de esta. El heredero no tiene que liberar la carga.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2500 de la CCyC?

Los legatarios deben estar conscientes de las cargas que pueden afectar los bienes legados, ya que esto puede impactar su valor y su capacidad para disfrutar plenamente del legado.

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