CCyC

Artículo 2547. Duracion de los efectos interruptivos

Los efectos de la interrupcion de la prescripcion se mantienen hasta que la resolucion judicial es firme. Esto es crucial para la seguridad jurídica en litigios.

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Texto Legal

- Duración de los efectos. Los efectos interruptivos del curso de la prescripción permanecen hasta que deviene firme la resolución que pone fin a la cuestión, con autoridad de cosa juzgada formal. La interrupción del curso de la prescripción se tiene por no sucedida si se desiste del proceso o caduca la instancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desistirse del proceso puede llevar a que la interrupcion no se considere, lo que pone en riesgo los derechos en disputa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2547 del CCyC?

Los efectos de la interrupcion de la prescripcion se mantienen hasta que la resolucion judicial es firme. Esto es crucial para la seguridad jurídica en litigios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2547 de la CCyC?

Desistirse del proceso puede llevar a que la interrupcion no se considere, lo que pone en riesgo los derechos en disputa.

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