CCyC

Artículo 2596. Reenvío en derecho internacional

Cuando se aplica un derecho extranjero, también se aplica su derecho internacional privado. Esto puede complicar la resolución de disputas legales.

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Texto Legal

- Reenvío. Cuando un derecho extranjero resulta aplicable a una relación jurídica también es aplicable el derecho internacional privado de ese país. Si el derecho extranjero aplicable reenvía al derecho argentino resultan aplicables las normas del derecho interno argentino. Cuando, en una relación jurídica, las partes eligen el derecho de un determinado país, se entiende elegido el derecho interno de ese Estado, excepto referencia expresa en contrario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo puede generar complicaciones en litigios internacionales. Es importante contar con asesoría legal especializada para navegar estas situaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2596 del CCyC?

Cuando se aplica un derecho extranjero, también se aplica su derecho internacional privado. Esto puede complicar la resolución de disputas legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2596 de la CCyC?

Este articulo puede generar complicaciones en litigios internacionales. Es importante contar con asesoría legal especializada para navegar estas situaciones.

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