CCyC

Artículo 341. Extincion de la accion

La acción de los acreedores cesa si el adquirente desinteresa los bienes o proporciona garantía suficiente. Esto limita la acción legal en ciertos casos.

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Texto Legal

- Extinción de la acción. Cesa la acción de los acreedores si el adquirente de los bienes transmitidos por el deudor los desinteresa o da garantía suficiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un deudor proporciona garantías, puede evitar acciones legales, lo que puede ser una estrategia útil para proteger activos en situaciones de insolvencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 341 del CCyC?

La acción de los acreedores cesa si el adquirente desinteresa los bienes o proporciona garantía suficiente. Esto limita la acción legal en ciertos casos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 341 de la CCyC?

Si un deudor proporciona garantías, puede evitar acciones legales, lo que puede ser una estrategia útil para proteger activos en situaciones de insolvencia.

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