Los cónyuges deben contribuir a su propio sostenimiento y el de sus hijos en proporción a sus recursos, incluyendo el trabajo en el hogar como parte de esta contribución.
- Deber de contribución. Los cónyuges deben contribuir a su propio sostenimiento, el del hogar y el de los hijos comunes, en proporción a sus recursos. Esta obligación se extiende a las necesidades de los hijos menores de edad, con capacidad restringida, o con discapacidad de uno de los cónyuges que conviven con ellos. El cónyuge que no da cumplimiento a esta obligación puede ser demandado judicialmente por el otro para que lo haga, debiéndose considerar que el trabajo en el hogar es computable como contribución a las cargas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con el deber de contribucion es fundamental para mantener la estabilidad financiera del hogar, y el incumplimiento puede llevar a acciones legales por parte del cónyuge afectado.
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