CCyC

Artículo 478. Exclusion de la subrogacion

Los acreedores no pueden promover la accion de separacion de bienes por via de subrogacion. Este articulo protege la integridad de la separacion de bienes frente a reclamaciones externas.

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Texto Legal

- Exclusión de la subrogación. La acción de separación de bienes no puede ser promovida por los acreedores del cónyuge por vía de subrogación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es relevante para evitar que los acreedores interfieran en la separacion de bienes, lo que puede ser crucial para proteger los activos de un conyuge en situaciones de deuda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 478 del CCyC?

Los acreedores no pueden promover la accion de separacion de bienes por via de subrogacion. Este articulo protege la integridad de la separacion de bienes frente a reclamaciones externas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 478 de la CCyC?

Este articulo es relevante para evitar que los acreedores interfieran en la separacion de bienes, lo que puede ser crucial para proteger los activos de un conyuge en situaciones de deuda.

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