CCyC

Artículo 529. Concepto de parentesco

El parentesco es el vínculo jurídico entre personas por naturaleza, adopción o técnicas de reproducción asistida. Se aplican disposiciones específicas según el tipo de parentesco.

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Texto Legal

- Concepto y terminología. Parentesco es el vínculo jurídico existente entre personas en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción y la afinidad. Las disposiciones de este Código que se refieren al parentesco sin distinción se aplican sólo al parentesco por naturaleza, por métodos de reproducción humana asistida y por adopción, sea en línea recta o colateral.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender el concepto de parentesco es esencial para determinar derechos y obligaciones legales, especialmente en situaciones de herencia o custodia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 529 del CCyC?

El parentesco es el vínculo jurídico entre personas por naturaleza, adopción o técnicas de reproducción asistida. Se aplican disposiciones específicas según el tipo de parentesco.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 529 de la CCyC?

Entender el concepto de parentesco es esencial para determinar derechos y obligaciones legales, especialmente en situaciones de herencia o custodia.

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