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Artículo 535. Parentesco por adopción

Este articulo regula el parentesco que se establece a través de la adopción, diferenciando entre adopción plena y simple. Es fundamental para entender los derechos del adoptado y del adoptante.

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Texto Legal

- Parentesco por adopción. En la adopción plena, el adoptado adquiere el mismo parentesco que tendría un hijo del adoptante con todos los parientes de éste. La adopción simple sólo crea vínculo de parentesco entre el adoptado y el adoptante. En ambos casos el parentesco se crea con los límites determinados por este Código y la decisión judicial que dispone la adopción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La adopción plena otorga derechos equivalentes a los de un hijo biológico, lo que puede impactar en la planificación patrimonial y sucesoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 535 del CCyC?

Este articulo regula el parentesco que se establece a través de la adopción, diferenciando entre adopción plena y simple. Es fundamental para entender los derechos del adoptado y del adoptante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 535 de la CCyC?

La adopción plena otorga derechos equivalentes a los de un hijo biológico, lo que puede impactar en la planificación patrimonial y sucesoria.

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