Cuando un niño solo tiene filiacion materna, el Registro Civil debe comunicar al Ministerio Publico para determinar la paternidad. Esto garantiza que se busque el reconocimiento de la paternidad en casos necesarios.
- Reclamación en los supuestos de filiación en los que está determinada sólo la maternidad. En todos los casos en que un niño o niña aparezca inscripto sólo con filiación materna, el Registro Civil debe comunicar al Ministerio Público, el cual debe procurar la determinación de la paternidad y el reconocimiento del hijo por el presunto padre. A estos fines, se debe instar a la madre a suministrar el nombre del presunto padre y toda información que contribuya a su individualización y paradero. La Antes de remitir la comunicación al Ministerio Público, el jefe u oficial del Registro Civil debe citar a la madre e informarle sobre los derechos del niño y los correlativos deberes maternos, de conformidad con lo dispuesto en la ley especial. Cumplida esta etapa, las actuaciones se remiten al Ministerio Público para promover acción judicial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece un procedimiento para asegurar que se reconozca la paternidad, lo que es importante para los derechos del niño. No seguir este proceso puede resultar en la falta de reconocimiento de derechos.
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