CCyC

Artículo 618. Efecto temporal de la sentencia

La sentencia de adopcion tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia de guarda. Este articulo aclara los efectos legales de la adopcion.

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Texto Legal

- Efecto temporal de la sentencia. La sentencia que otorga la adopción tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia que otorga la guarda con fines de adopción, excepto cuando se trata de la adopción del hijo del cónyuge o conviviente, cuyos efectos se retrotraen a la fecha de promoción de la acción de adopción. CAPITULO 5 Tipos de adopción SECCION 1ª Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los adoptantes comprendan la retroactividad de la sentencia para entender sus derechos y obligaciones desde el inicio del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 618 del CCyC?

La sentencia de adopcion tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia de guarda. Este articulo aclara los efectos legales de la adopcion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 618 de la CCyC?

Es importante que los adoptantes comprendan la retroactividad de la sentencia para entender sus derechos y obligaciones desde el inicio del proceso.

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