La adopción, su revocación, conversión y nulidad deben ser inscritas en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Este procedimiento es esencial para la validez de los actos relacionados con la adopción.
- Inscripción. La adopción, su revocación, conversión y nulidad, deben inscribirse en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. TITULO VII Responsabilidad parental CAPITULO 1 Principios generales de la responsabilidad parental
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No inscribir la adopción puede generar incertidumbre legal sobre la relación parental, afectando derechos y obligaciones de los progenitores y el menor.
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