CCyC

Artículo 672. Progenitor afín

Se define al progenitor afín como el cónyuge o conviviente que vive con quien tiene el cuidado del niño o adolescente. Este rol implica responsabilidades en la crianza.

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Texto Legal

- Progenitor afín. Se denomina progenitor afín al cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reconocer el rol del progenitor afín es esencial para una crianza colaborativa, lo que puede mejorar la dinámica familiar y el bienestar del niño.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 672 del CCyC?

Se define al progenitor afín como el cónyuge o conviviente que vive con quien tiene el cuidado del niño o adolescente. Este rol implica responsabilidades en la crianza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 672 de la CCyC?

Reconocer el rol del progenitor afín es esencial para una crianza colaborativa, lo que puede mejorar la dinámica familiar y el bienestar del niño.

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