CCyC

Artículo 716. Competencia en derechos de menores

En procesos relacionados con derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar donde reside el menor. Esto prioriza el bienestar del menor en decisiones judiciales.

competenciamenoresderechos

Texto Legal

- Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes. En los procesos referidos a responsabilidad parental, guarda, cuidado, régimen de comunicación, alimentos, adopción y otros que deciden en forma principal o que modifican lo resuelto en otra jurisdicción del territorio nacional sobre derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El lugar de residencia del menor puede influir en el resultado del caso, por lo que es importante considerar la ubicación al iniciar un proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 716 del CCyC?

En procesos relacionados con derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar donde reside el menor. Esto prioriza el bienestar del menor en decisiones judiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 716 de la CCyC?

El lugar de residencia del menor puede influir en el resultado del caso, por lo que es importante considerar la ubicación al iniciar un proceso.

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