CCyC

Artículo 921. Definicion de compensacion

La compensacion de las obligaciones se produce cuando dos personas son acreedoras y deudoras entre si, extinguiendo las deudas hasta el monto de la menor. Este mecanismo es fundamental para la simplificacion de las relaciones de deuda.

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Texto Legal

- Definición. La compensación de las obligaciones tiene lugar cuando dos personas, por derecho propio, reúnen la calidad de acreedor y deudor recíprocamente, cualesquiera que sean las causas de una y otra deuda. Extingue con fuerza de pago las dos deudas, hasta el monto de la menor, desde el tiempo en que ambas obligaciones comenzaron a coexistir en condiciones de ser compensables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender la compensacion es crucial para optimizar la gestion de deudas entre partes, evitando pagos innecesarios y facilitando la liquidacion de obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 921 del CCyC?

La compensacion de las obligaciones se produce cuando dos personas son acreedoras y deudoras entre si, extinguiendo las deudas hasta el monto de la menor. Este mecanismo es fundamental para la simplificacion de las relaciones de deuda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 921 de la CCyC?

Entender la compensacion es crucial para optimizar la gestion de deudas entre partes, evitando pagos innecesarios y facilitando la liquidacion de obligaciones.

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