CCyC

Artículo 928. Compensacion judicial

Cualquiera de las partes puede solicitar a un juez la declaracion de compensacion. Esto asegura que la compensacion se reconozca legalmente.

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Texto Legal

- Compensación judicial. Cualquiera de las partes tiene derecho a requerir a un juez la declaración de la compensación que se ha producido. La pretensión puede ser deducida simultáneamente con las defensas relativas al crédito de la otra parte o, subsidiariamente, para el caso de que esas defensas no prosperen.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer el proceso judicial para la compensacion puede ser vital en casos de disputas, asegurando que los derechos sean protegidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 928 del CCyC?

Cualquiera de las partes puede solicitar a un juez la declaracion de compensacion. Esto asegura que la compensacion se reconozca legalmente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 928 de la CCyC?

Conocer el proceso judicial para la compensacion puede ser vital en casos de disputas, asegurando que los derechos sean protegidos.

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