CCyC

Artículo 948. Prueba de la renuncia

La voluntad de renunciar no se presume y la interpretación de actos es restrictiva. Esto protege los derechos de las partes.

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Texto Legal

- Prueba. La voluntad de renunciar no se presume y la interpretación de los actos que permiten inducirla es restrictiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental tener evidencia clara de la voluntad de renunciar para evitar malentendidos o disputas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 948 del CCyC?

La voluntad de renunciar no se presume y la interpretación de actos es restrictiva. Esto protege los derechos de las partes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 948 de la CCyC?

Es fundamental tener evidencia clara de la voluntad de renunciar para evitar malentendidos o disputas legales.

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