CC

Artículo 1007. Obligacion de prestar garantia

El usufructuario debe prestar garantía para proteger el derecho del propietario, según lo establecido en el título constitutivo. Este articulo asegura la protección de los intereses del propietario.

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Texto Legal

Obligación del usufructuario de prestar garantía El usufructuario está obligado a prestar la garantía señalada en el título constitutivo de su derecho o la que ordene el juez, cuando éste encuentre que puede peligrar el derecho del propietario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con esta obligación puede poner en riesgo el usufructo y generar conflictos legales con el propietario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1007 del CC?

El usufructuario debe prestar garantía para proteger el derecho del propietario, según lo establecido en el título constitutivo. Este articulo asegura la protección de los intereses del propietario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1007 de la CC?

No cumplir con esta obligación puede poner en riesgo el usufructo y generar conflictos legales con el propietario.

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